PROYECTO

Descripción: Imagen relacionadaDescripción: Resultado de imagen para universidad tecnica de machalaUNIVERDIDAD TÉCNICA MACHALA
UNIDAD ACADÉMICA CIENCIAS EMPRESARIALES
ADMINISTRACIÓN DE HOTELERÍA Y TURISMO



TALLER DE ELABORACIÓN DE TESIS
ARTÍCULO CIENTÍFICO

TEMA:

ANÁLISIS DE LA CULTURA GASTRONÓMICA Y SU INCIDENCIA EN EL ÁMBITO TURÍSTICO DEL CANTÓN MACHALA

INTEGRANTES:
KARLA DIOSES 
JANETH SANCHEZ
NIVEL: 8vo Semestre “A”
DOCENTE: Msc. Mónica Nugra Batancourth


MACHALA – EL ORO – ECUADOR
2017

ANÁLISIS DE LA CULTURA GASTRONÓMICA Y SU INCIDENCIA EN EL ÁMBITO TURÍSTICO DEL CANTÓN MACHALA
Dioses Karla, Sánchez Janeth
Universidad Técnica de Machala
Problemática:
Desconocimiento y desvalorización de la cultura gastronómica en el Cantón Machala
Objetivo:
Objetivo general:
  • Examinar  la Cultura Gastronómica del Cantón Machala para su impulso en el ámbito turístico
Objetivos específicos:
  • Conceptualizar la Cultura Gastronómica, características generales, sociales, económicas y culturales del cantón.
  • Recopilar información sobre la dieta alimentaria de la zona, técnicas, métodos y utensilios de cocina.
  • Relacionar la producción de la cultura gastronómica con la producción turística del cantón.
  • Elaborar un recetario basado en la gastronomía de Machala que resuma la información adquirida.
Palabras claves:
ü  Revalorización
ü  Raíces ancestral 
ü  Oferta Gastronómica
ü  Turismo
ü  Conocimiento
ü  Desarrollo
ü  Comida Típica  
INTRODUCCIÓN:
Presentación de una pregunta:
¿Es importante conocer la cultura gastronómica de Machala?
Porque se ha hecho el trabajo:
Este trabajo se lo realiza con el fin de examinar la cultura gastronómica de Machala y su incidencia en el ámbito turístico.
El interés que tiene en  el contexto científico:
Impulsar el turismo gastronómico con alternativa de crecimiento del turismo en la ciudad de Machala y por ende el desarrollo turístico de la provincia.
Trabajo previos sobre el tema, que aspectos no dejan claros, el objeto de la investigación:
Genera un rendimiento económico, estimula la creación de puestos de trabajo, fija la comunidad en su territorio y contribuye al desarrollo local. Por último, la promocionara la identidad y la cultura local tanto in situ como fuera del territorio, porque estimula y fija la percepción del visitante y fomenta su interés por la cultura autóctona.









INTRODUCCION
¿Es importante conocer  la cultura gastronómica de Machala?
A lo largo de los años la cultura y la gastronomía se han fusionado; ya que la culinaria no solo es sinónimo de restauración, sino también de patrimonio. Esto involucra muchos aspectos como costumbres, tradiciones, saberes; entre otros.
Este estudio se lo lleva a cabo con el fin de examinar la cultura gastronómica y su incidencia en el ámbito turístico del Cantón Machala de la Provincia de El Oro, Ecuador; ya que esta es una modalidad turística que va tomando fuerza con el pasar de los años. Sin duda alguna el placer de deleitar la gastronomía hace que los turistas conozcan varios lugares y disfruten de las otras actividades que brindan los recursos turísticos. Debido a esto los turistas no solo necesitan satisfacer su necesidad de alimentarse; porque ahora viajan a un lugar para disfrutar de la comida que brinda ese sitio.
Se tomará en cuenta diversos factores para impulsar el turismo gastronómico en la Ciudad de Machala, para que esto ayude a su crecimiento turístico; con el fin de generar rendimiento económico, estimular la creación de puestos de trabajo y contribuir al desarrollo local.
Se recopilará información de la zona acerca de su gastronomía, tanto casera como comercial; sus técnicas, tratamiento de recursos, manipulación de alimentos, nutrición, entre otros.
Siendo la gastronomía ya tomada en cuenta por entes académicos y ser ya catalogada como una ciencia de estudio las bases de dicho conocimiento, sus raíces ancestrales, son de gran necesidad de conocer por los profesionales de la gastronomía ecuatoriana y en especial Orense. Tanto las instituciones culinarias como las académicas con estudios afines podrán hacer uso de la información escrita en este artículo para el fomento del respeto a los saberes de la cocina Machaleña desde sus principales exponentes y personajes: siendo tomada en cuenta productos y preparaciones.
Por último se promocionará la identidad y la cultura local tanto insitu como fuera del territorio, ya que estimulara y fijara la percepción del visitante como también su interés por la cultura gastronómica autóctona.
En toda investigación científica los métodos son el hilo conductor entre el investigador y el objeto de estudio es por ello que hay que poner el mayor énfasis en la selección de los métodos propios de la investigación y su organización.
JUSTIFICACIÓN
El siguiente proyecto es factible ya que da a conocer a la comunidad del mundo la gran riqueza cultural y gastronómica del pequeño rincón del país como lo es el Cantón Machala (Gastronomía, 2014).
Este proyecto también servirá en su momento como una base de datos recopilados para el conocimiento y la salvaguardia del saber gastronómico de Latinoamérica dentro de la aplicación de sus cocinas en el medio internacional (Juárez, 2011).
Dentro del país toma una transcendencia social ya que son los verdaderos productores y conservadores de los saberes tradicionales Asimismo será un aporte para el cantón Machala ya que su cultura gastronómica será recogida y recopilada desde las fuentes originales de dicha sabiduría ancestral (Cero, 2015)











METODOLOGÍA
La presente investigación se  Método descriptivo y observación directa: enfocándose en un análisis, procesamiento y sistematización de la información. Ya que el proceso metodológico tiene correspondencia con las estrategias y actividades que se aplican en la investigación donde se procura abordar el tema desde una concepción científica y técnica.

Las técnicas  de investigación empleadas  fue la  encuesta, la cual estuvo como propósito determinar la cultura gastronómica de la ciudad de Machala.

Población de estudio
 La población de estudio  estuvo conformada  por los 13000 mil habitantes  encuentran registrados en el último censo 2010 la ciudad de Machala.
UNIDAD DE ANALISIS
Moradores de la ciudad de Machala
Establecimientos que vende comida típica del lugar.

TECNICAS DE LA ENCUESTA A APLICAR
Para el logro de la investigación científica que se aplicara en la población Machaleña  está dada por la solución de un problema científico, en alcanzar los objetivos y en la comprobación de la hipótesis que uno se plantea, por lo que el éxito de todo lo anterior expuesto depende de la selección de los métodos, los procedimientos y técnicas de la investigación de forma rigurosa.
El proceso de recopilación de información se sustentara mediante encuestas contestadas por personas oriundas del Cantón, sus parroquias urbanas y sus parroquias rurales; esto para conocer la realidad de la cocina casera de Machala. Para la restauración comercial se visitaran restaurantes conocidos de la ciudad por sus productos, sus preparaciones y sus platos; esto para conocer la cocina comercial de la cuidad y verificar proveedores, mercados, proceso y producto final.
Por último se promocionará la identidad y la cultura local tanto insitu como fuera del territorio, ya que estimulara y fijara la percepción del visitante como también su interés por la cultura gastronómica autóctona.
En toda investigación científica los métodos son el hilo conductor entre el investigador y el objeto de estudio es por ello que hay que poner el mayor énfasis en la selección de los métodos propios de la investigación y su organización.


HIPÓTESIS Y VARIABLES
Hipótesis: ¿La cultura gastronómica del cantón Machala incide en al ámbito turístico?
VARIABLES
Independiente1: Cultura Gastronómica   
Dependiente 1: Incidencia en el Ámbito Turístico.
Dependiente 2: Análisis gastronómico del cantón Machala.


FUNDAMENTACIÓN LEGAL
Para el siguien
te artículo se toma como fundamento legal lo estipulado en la Ley Orgánica de Cultura, dictaminada por la Asamblea Nacional en 2016. Esta regula toda actividad cultural, como también su producción y su divulgación.
Según el artículo 4 de dicha ley, la cultura gastronómica es parte de los principios de la cultura, como también del buen vivir (Ecuador, 2016):
Art. 4.- De los principios. La Ley Orgánica de Cultura responderá a los siguientes principios:
Diversidad cultural. Se concibe como el ejercicio de todas las personas a construir y mantener su propia identidad cultural, a decidir sobre su pertenencia a una o varias comunidades culturales y a expresar dichas elecciones; a difundir sus propias expresiones culturales y tener acceso a expresiones culturales diversas;
Interculturalidad. Favorece el diálogo de las culturas diversas, pueblos y nacionalidades, como esencial para el ejercicio de los derechos consagrados en la Constitución y en la presente Ley, en todos los espacios y ámbitos de la sociedad;
Buen vivir. Promueve una visión integral de la vida que contemple el disfrute del tiempo libre y creativo, la interculturalidad, el trabajo digno, la justicia social e intergeneracional y el equilibrio con la naturaleza como ejes transversales en todos los niveles de planificación y desarrollo;
Integralidad y complementariedad del sector cultural. Implica la interrelación con educación, comunicación, ambiente, salud, inclusión social, ciencia, tecnología, turismo, agricultura, economía y producción, entre otros ámbitos y sistemas;
Identidad nacional. Se construye y afirma a través del conjunto de interrelaciones culturales e históricas que promueven la unidad nacional y la cohesión social a partir del reconocimiento de la diversidad;
Soberanía cultural. Es el ejercicio legítimo del fomento y la protección de la diversidad, producción cultural y creativa nacional, la memoria social y el patrimonio cultural, frente a la amenaza que significa la circulación excluyente de contenidos culturales hegemónicos;
Igualdad real. Es el ejercicio de los derechos culturales sin discriminación étnica, etaria, regional, política, cultural, de género, por nacionalidad, credo, orientación sexual, condición socioeconómica, condición de movilidad humana, o discapacidad, e implica medidas de acción afirmativa de acuerdo a la Constitución;
Innovación. Se entiende la innovación como el proceso creativo desarrollado por actores u organizaciones de los sectores de la producción cultural y creativa, mediante el cual se introduce un nuevo o modificado bien, servicio o proceso con valor agregado;
Cultura viva comunitaria. Se promueve la cultura viva comunitaria, concebida como las expresiones artísticas y culturales que surgen de las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades, a partir de su cotidianidad. Es una experiencia que reconoce y potencia las identidades colectivas, el diálogo, la cooperación, la constitución de redes y la construcción comunitaria a través de la expresión de la cultura popular;
Prioridad. Las actividades, bienes y servicios culturales son portadores de contenidos de carácter simbólico que preceden y superan la dimensión estrictamente económica, por lo que recibirán un tratamiento especial en la planificación y presupuestos nacionales.
Pro Cultura. En caso de duda en la aplicación de la presente Ley, se deberá interpretar en el sentido que más favorezca el ejercicio pleno de los derechos culturales y la libertad creativa de actores, gestores, pueblos y nacionalidades; y de la ciudadanía en general.

Mientras que el artículo 5 de la misma ley, la cultura gastronómica se presenta como uno de los derechos de todo pueblo y nacionalidad, citando (Ecuador, 2016):
Art. 5.- Derechos culturales. Son derechos culturales, los siguientes:
a) Identidad cultural. Las personas, comunidades, comunas, pueblos y nacionalidades, colectivos y organizaciones culturales tienen derecho a construir y mantener su propia identidad cultural y estética, a decidir sobre su pertenencia a una o varias comunidades culturales y a expresar dichas elecciones. Nadie podrá ser objeto de discriminación o represalia por elegir, identificarse, expresar o renunciar a una o varias comunidades culturales.
b) Protección de los saberes ancestrales y diálogo intercultural. Las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades tienen derecho a la protección de sus saberes ancestrales, al reconocimiento de sus cosmovisiones como formas de percepción del mundo y las ideas; así como, a la salvaguarda de su patrimonio material e inmaterial y a la diversidad de formas de organización social y modos de vida vinculados a sus territorios.
c) Uso y valoración de los idiomas ancestrales y lenguas de relación intercultural. El Estado promoverá el uso de los idiomas ancestrales y las lenguas de relación intercultural, en la producción, distribución y acceso a los bienes y servicios; y, fomentará los espacios de reconocimiento y diálogo intercultural.
d) Memoria social. Las personas, comunidades, comunas, pueblos y nacionalidades, colectivos y organizaciones culturales tienen derecho a construir y difundir su memoria social, así como acceder a los contenidos que sobre ella estén depositados en las entidades públicas o privadas.
e) Libertad de creación. Las personas, comunidades, comunas, pueblos y nacionalidades, colectivos y organizaciones artísticas y culturales tienen derecho a gozar de independencia y autonomía para ejercer los derechos culturales, crear, poner en circulación sus creaciones artísticas y manifestaciones culturales.
f) Acceso a los bienes y servicios culturales y patrimoniales. Todas las personas, comunidades, comunas, pueblos y nacionalidades, colectivos y organizaciones tienen derecho a acceder a los bienes y servicios culturales, materiales o inmateriales, y a la información que las entidades públicas y privadas tengan de ellas, sin más limitación que las establecidas en la Constitución y la Ley.
g) Formación en artes, cultura y patrimonio. Todas las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades, colectivos y organizaciones tienen derecho a la formación artística, cultural y patrimonial en el marco de un proceso educativo integral.
h) Uso, acceso y disfrute del espacio público. Todas las personas tienen derecho de participar y acceder a bienes y servicios culturales diversos en el espacio público.
i) Entorno digital. Como un bien público global y abierto, la red digital es un entorno para la innovación sostenible y la creatividad, y un recurso estratégico para el desarrollo de prácticas, usos, interpretaciones, relaciones y desarrollo de medios de producción, así como de herramientas educativas y formativas, vinculadas a los procesos de creación artística y producción cultural y creativa. Se reconoce el principio de neutralidad de la red como base para el acceso universal, asequible, irrestricto e igualitario a internet y a los contenidos que por ella circulan.
j) Derechos culturales de las personas extranjeras. En el territorio ecuatoriano se garantiza a las personas extranjeras los mismos derechos y deberes que los ciudadanos ecuatorianos para la creación, acceso y disfrute de bienes y servicios culturales y patrimoniales. Se reconocen todas las manifestaciones culturales, siempre que sean compatibles con los derechos humanos, derechos de la naturaleza, derechos colectivos y las disposiciones constitucionales.
k) Derechos culturales de las personas en situación de movilidad. Se reconoce el derecho de las personas en situación de movilidad a promover la difusión de bienes y servicios culturales por ellas generados, para mantener vínculos con sus comunidades, pueblos y nacionalidades.
l) Derecho a disponer de servicios culturales públicos. Las personas, comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades tienen derecho al uso y disfrute de servicios públicos culturales eficientes y de calidad.

El artículo 52 brinda el concepto de patrimonio cultural intangible, del cual la gastronomía es parte (Ecuador, 2016)
Art. 52.- Del patrimonio intangible o inmaterial. Son todos los valores, conocimientos, saberes, tecnologías, formas de hacer, pensar y percibir el mundo, y en general las manifestaciones que identifican culturalmente a las personas, comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades que conforman el Estado intercultural, plurinacional y multiétnico ecuatoriano.
Por último el artículo 54 de dicha Ley protege todo los inmuebles, herramientas y utensilios que generan la cultura gastronómica, es decir, ollas, platos, cocinas, fogones, reverberos, entre otros (Ecuador, 2016):

Art. 54.- De los bienes y objetos pertenecientes al patrimonio cultural nacional. En virtud de la presente Ley se reconocen como patrimonio cultural nacional y por tanto no requieren de otra formalidad, aquellos bienes que cumplan con las siguientes consideraciones:
a) Los objetos de formas de vida zoológica y botánica fosilizada o mineralizada, sitios o lugares paleontológicos como bosques petrificados, debiendo definirse el entorno natural y cultural necesario para dotarles de unidad paisajística para una adecuada gestión integral, misma que será articulada con el organismo competente;
b) Los bienes inmuebles o sitios arqueológicos de la época prehispánica y colonial, sea que se encuentren completos o incompletos, a la vista, sepultados o sumergidos, consistentes en yacimientos, monumentos, fortificaciones, edificaciones, cementerios y otros, así como el suelo y subsuelo adyacente. Se deberá delimitar el entorno natural y cultural necesario para dotarlos de unidad paisajística para una adecuada gestión integral;
c) Los objetos arqueológicos como osamentas y fósiles humanos y utensilios de piedra, cerámica, madera, metal, textil o en cualquier otro material provenientes de la época prehispánica y colonial, a la vista o sepultados o sumergidos, completos o incompletos, descubiertos o por descubrir, sin importar su tenencia pública o privada, incluidos los que se encontrasen en el exterior, pertenecientes o atribuidos a las culturas o nacionalidades de ocupación territorial;
d) Los sitios, estructuras, edificaciones, objetos y restos humanos, medios de transporte y su cargamento o cualquier contenido y los objetos de carácter histórico que conforman el patrimonio cultural subacuático, junto con el contexto arqueológico y natural, localizado en la zona económica exclusiva y la plataforma continental, independientemente de su procedencia, si tienen por lo menos cien años de estar sumergidos;
e) Las edificaciones y conjuntos arquitectónicos como templos, conventos, capillas, casas, grupos de construcciones urbanos y rurales como centros históricos, obrajes, fábricas, casas de hacienda, molinos, jardines, caminos, parques, puentes, líneas férreas de la época colonial y republicana construidos hasta 1940, que contengan un valor cultural e histórico que sea menester proteger;
f) Los bienes muebles de la época colonial y republicana con al menos cien años de antigüedad como dibujos, pinturas, esculturas, monedas, medallas, talla, objetos de orfebrería, cerámica, madera o cualquier otro material que se haya construido en dichas épocas;
g) Los objetos de uso artesanal, industrial o mecánico que cuenten con al menos cien años de antigüedad como herramientas y maquinaria agrícola e industrial, trapiches, alambiques, relojes, campanarios, telares, mobiliario urbano y público y otros de similar naturaleza;
h) Los documentos históricos, completos o incompletos, individuales o en colecciones como manuscritos o impresos, libros, mapas, partituras musicales, telegramas, y cualquier otro documento, a excepción de los meramente administrativos, que tengan interés histórico, simbólico, cultural, artístico, numismático, filatélico, científico o para la memoria social, que tenga más de 50 años de haber sido producido, incluido aquellos considerados como reservados, sin restricción o menoscabo de los derechos de autor y propiedad;
i) Los documentos fílmicos, sonoros, visuales y audiovisuales, las fotografías, negativos, archivos audiovisuales magnéticos, digitales que tengan interés histórico, simbólico, cultural, artístico, científico o para la memoria social, y en general documentos en cualquier tipo de soporte que tengan más de 30 años, sin restricción o menoscabo de los derechos de autor y propiedad;
j) Las colecciones y objetos etnográficos significativos para la interpretación de las culturas y tradición histórica, tales como vestimenta, útiles domésticos, herramientas, armas, entre otros, que sean reunidos por el Estado a través de sus diferentes funciones, instituciones y niveles de gobierno, así como por la academia pública o privada; y,
k) Los fondos y repositorios documentales, archivísticos y bibliográficos históricos constituidos desde el Estado a través de sus diferentes funciones, instituciones y niveles de gobierno, así como por la academia pública o privada.



BIBLIOGRAFÍA
Ecuador, A. N. (2016). Ley Orgánica de Cultura. Quito, Pichincha, Ecuador: Registro Oficial.








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